Estos son los principales puntos del nuevo Real Decreto por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas en interiores

22 Abril

COVID19

La evolución de la epidemia de COVID-19, favorecida por las coberturas de vacunación que se han alcanzado en España y por la aplicación de las medidas no farmacológicas de control de la transmisión del SARS-CoV-2 por parte de la población hasta marzo de 2022, ha permitido plantear modificaciones en las estrategias de control de la epidemia.

Tras dos años de pandemia y 700 días después de la aprobación del uso obligatorio de las mascarillas entre la población, el Ministerio de Sanidad ha acordado modificar los supuestos de obligatoriedad del uso de las mascarillas en espacios interiores a partir del 20 de abril. Esta medida se recoge en el Real Decreto Real Decreto 286/2022, de 19 de abril.

Sin embargo, no hay que olvidar que la reducción de las medidas que se incluyen en este real decreto se deben valorar a nivel individual, de acuerdo con la pertenencia a grupos de mayor vulnerabilidad, la vacunación y la actividad y comportamiento social que pueda incrementar los riesgos de transmisión. Además, habrá determinados entornos en los que se mantendrá esa obligatoriedad, debido a la vulnerabilidad de las personas.

¿Cuáles son estos espacios?

  1.  Centros, servicios y establecimientos sanitarios como los hospitales, los centros de salud, los centros de transfusión de sangre y las oficinas de farmacia. En todos estos ámbitos será obligatorio el uso de la mascarilla para trabajadores, visitantes y personas ingresadas cuando estén en espacios compartidos fuera de su habitación.
  2. Centros sociosanitarios, donde será obligatorio para trabajadores y para visitantes cuando estén en zonas compartidas.
  3. Medios de transporte, destacando que será obligatoria en el transporte aéreo, por ferrocarril, por cable, en los autobuses, en los transportes públicos de viajeros y en los barcos cuando no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros. Aunque no será obligatorio llevarla en estaciones o andenes.

Además, el Real Decreto recomienda un uso responsable por parte de determinados colectivos y en determinados escenarios:

  • Por parte de la población vulnerable (mayores de 60 años, personas inmunodeprimidas, pacientes con enfermedad de riesgo, mujeres embarazadas, profesorado con factores de vulnerabilidad...)
  • En eventos multitudinarios y aglomeraciones
  • En reuniones familiares y privadas en las que estén presentes personas con factores de vulnerabilidad.

En cuanto al ámbito escolar, queda suprimida la obligatoriedad del uso de mascarillas, pero se recomienda un uso responsable de las mismas por parte del profesorado con factor de vulnerabilidad.

En lo que respecta al entorno laboral, no serán obligatorias con carácter general, pero dependerá de cada empresa. Por ejemplo, se aconseja utilizar la mascarilla siempre que el trabajo se realice a una distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio. Serán los departamentos de riesgos laborales de las empresas los que decidan en qué espacios se deben usar de forma obligatoria.

Tal y como señalan desde la Plataforma de Organizaciones de Pacientes, en estas circunstancias las personas con enfermedades crónicas se enfrentan a una profunda inseguridad jurídica, ya que “dejan en manos de las empresas cosas que están en el ámbito de la salud pública y las autoridades sanitarias”. Así, destacan que el virus todavía entraña peligro para nuestra salud, por lo que instan a encontrar soluciones que aseguren la protección laboral en caso de epidemias futuras a las personas más vulnerables. “La utilización de mascarilla en espacios de trabajo, la vacunación de personas en contacto estrecho con población de riesgo o las obligaciones de las empresas de ofrecer espacios seguros para sus empleados, deben tenerse en cuenta como medidas de prevención presentes y futuras”, señalan.

También afirman que son necesarias más campañas de información y comunicación a la población, además de marcar de forma más clara las recomendaciones de uso de las mascarillas, preferiblemente FPP2, para proteger a toda la sociedad. En este sentido, recuerdan que no hay obligación de quitarse la mascarilla y apelan a la prudencia y responsabilidad individual más que nunca. Además de añaden la importancia de la vacunación contra la COVID-19 en aquellas personas que no hayan completado la vacunación, especialmente las más vulnerables.

Finalmente, desde la POP insisten en que no se puede bajar la guardia: “ya que no sabemos quién nos rodea, ni la vulnerabilidad que pueden tener”. “La realidad es que no hay obligación de quitarse la mascarilla, solo a usarla de manera responsable. Por ello, apelamos a la prudencia y responsabilidad individual más que nunca, y mayor protección por parte de las autoridades sanitarias a las personas más frágiles en este momento de pandemia”, destaca la POP.